La Escisión, una Reforma necesaria a la Ley de Compañías
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La oportunidad que tuve en días pasados de estudiar un proyecto de posibles reformas a la Ley de Compañías, me ha permitido profundizar sobre una novedosa figura del derecho societario, cual es "La escisión de compañías" y convencerme de la necesidad de promover su conocimiento y recomendar su inmediata incorporación al Derecho Societario Ecuatoriano.
CONCEPTO
¿Qué es escisión? Como su expresión gramatical lo define, consiste en la división o separación de algo unitario. Aplicando este concepto al campo societario, que es el que nos ocupa, podemos decir que la escisión implica la división de una compañía o sociedad en una o más, esto es, la fragmentación de una persona jurídica existente, en dos o más que adquieren personalidad jurídica a raíz de la conclusión del proceso. El esquema es, en consecuencia, un procedimiento inverso al de la fusión de compañías en base al cual dos o más sociedades se unen para integrarse en una sola o para desapareciendo todas, integrarse en una nueva.
Si jurídicamente es posible el proceso de la "fusión", no hay razón práctica para pensar que no lo sea el proceso inverso. Lo que ocurre es que al no contemplar nuestra Ley de Compañías en forma expresa esta figura jurídica, no podemos llevarla a cabo en forma directa, sino a través de subterfugios o procedimientos alternos que si bien conducen aparentemente al mismo fin, lo hacen utilizando mecanismos que no resultan ser los más apropiados ni económicos.
MECANISMO ACTUAL
En la actualidad, el procedimiento utilizado consiste en "transferir" activos y pasivos de una empresa a otra nueva que se ha tenido que crear en forma previa a la transferencia o simultáneamente con ella. A través de este mecanismo de transferencia no se logra una escisión real y contable porque no se dividen activos ni pasivos y menos aún patrimonios; lo que se logra es simplemente transferirlos y consecuentemente, en términos contables, hacer agregaciones de activos y pasivos en dos contabilidades diferentes, cuando el proceso de escisión lo que busca es dividir unos activos, pasivos y fundamentalmente el patrimonio o el capital de la compañía fragmentada, entre ésta y la o las resultantes de la fragmentación.
ELEMENTO ESENCIAL DE LA ESCISION
Para que podamos hablar de verdadera escisión o división de sociedades, tenemos que partir de la idea de que su proceso implica la fragmentación de su capital y de sus activos y sin perjuicio de que simultáneamente se puedan incluir porciones de pasivos como contrapartida del mayor valor de los activos trasladados; pero insisto, el proceso debe conllevar de alguna manera una partición del patrimonio, de la empresa escindida. Y es que de no aceptar este elemento esencial, estaríamos hablando de una empresa escindida que carece de patrimonio y cuyo único sustento serían sus activos y pasivos, cuando todos sabemos que esencial para el nacimiento de la persona jurídica el que cuente con un patrimonio propio.
Para evidenciar contablemente la diferencia entre una simple transferencia de activos y pasivos (método actual) con el de una verdadera escisión (esquema propuesto), a continuación elaboro las T's contables que lo demuestran, con el siguiente ejemplo:
Se trata de una sociedad (compañía "A") que tiene un activo compuesto de dos líneas de producción que están registradas en la contabilidad por valor de S/. 20'000.000,00 (S/. 10'000.000,00 cada una) y valores líquidos en bancos por S/. 2'000.000,00. En contrapartida de estos activos, la compañía tiene un patrimonio de S/. 4'000.000,00 y pasivos con Bancos por S/. 18'000.000,00.
Esta situación actual se registra en una T de contabilidad así:
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