Sociedad informatizada y derecho constitucional
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La sociedad contemporánea ha adecuado a su ordenamiento constitucional el Estado Social de Derecho, esto significa que la concepción de democracia tiene como fin del Estado cubrir las necesidades sociales de los grupos más vulnerables y se propone alcanzar bienestar para todos los segmentos que lo integran, sin enajenar el futuro.
La utopía ha devenido en una posibilidad real, gracias a la tecnología que viabilizó la superación de falencias con la bioagricultura en la producción de alimentos; con la biomedicina que ayudó a resolver las dificultades para favorecer la salud humana y la esperanza de vida; que incorporó los espacios geográficos y trasladó los seres humanos de un lugar a otro del planeta por medio de la información televisada o con ayuda de la radio y el teléfono, o con el transporte aéreo que veloz mente reduce distancias y favorece el comercio.
La tecnología ha creado una sociedad informatizada que ha retado al Derecho y ha establecido una dicotomía entre el Estado Democrático, como concepto permanente, que piensa a largo plazo, y la herramienta tecnológica que propone soluciones inmediatas para planificar con creatividad coyuntural y crear normas que lo regulen.
Para un mejor entender del tema, estableceré algunos conceptos básicos que inciden en el Derecho.
LA TECNOLOGÍA
Gregory H. Davis, de la Universidad de Stanford, en su libro "Tecnología, ¿esclavitud o liberación?", dice que la tecnología, que siempre caracterizó al ser humano para permitirle remodelar la naturaleza y adaptarla a sus necesidades, en el mundo contemporáneo alcanza más allá de la biosfera de la tierra, permite el viaje espacial y es la primera en operar sobre una dimensión global. Ante ella, sus efectos se dejan sentir y la creación de sustancias, biológicamente indestructibles y de fácil acarreo, nos evidencia sus peligros cuando buques con desechos letales navegan espacial de satélites y restos de cohetes que gravitan alrededor del planeta.
LA SOCIEDAD TECNOLÓGICA
Lo que expresa el investigador norteamericano coincide con el pensar del filósofo francés Jacques Ellul. Ambos exponen que la tecnología carece de límites.
Establecen que ella ya no es parte de la civilización, sino que la ha absorbido por completo, tornándose ilimitada porque invadió todas las esferas de la vida, todos los aspectos de la civilización, desde el amor, la vida familiar y la holgura, hasta la producción, la guerra y la medicina; todo esto conduce a Ellul, en su libro "La sociedad tecnológica", a establecer que "desde el punto de vista político, social y humano, este conjunto de Estado y tecnología es el fenómeno más importante de la historia…", que nos mide a todos, antes que por las tradiciones morales o sociales, por la eficiencia o eficacia como resultados cuantitativos de la relación costobeneficio.
La sociedad se adelantó al Estado. El modelo universal era acercar, cada vez más, a los pueblos y los gobiernos; no obstante, emergió la sociedad informatizada que se sustenta en un sistema multipolar de bloques que convergen en interés comercial antes que social, en el que la interdependencia genera nuevos conceptos de soberanía, supera los tradicionales de autonomía y la comunidad jurídica internacional está condicionada por las multinacionales que poseen el poder de la información.
La información tiene sus propios canales y medios, constituye hoy el poder.
Aceleradamente pasamos del lema "información es poder" a aquel que determina que el poder radica en conocer cómo ampliar el conocimiento. Las comunicaciones han fortalecido la democracia al permitir que hechos trasciendan a toda la sociedad tan pronto como se producen los acontecimientos; se refleja el fenómeno en el número de aparatos de televisión en el mundo que según estadísticas de Naciones Unidas, para el período 1986-1988, por cada mil habitantes había 133 aparatos de televisión, cifra que se ha incrementado en un 150 por ciento hasta 1994.
LA SOCIEDAD URBANIZADA
El mundo no es más la aldea rural, cuyos centros o metrópolis eran lugares que concentraban el poder y en los que vivían protegidos unos pocos burgueses; la explosión demográfica y el atractivo de la industrialización han invertido los vectores sociales de población y han generado una sociedad urbana que hace prever. Siglo XXI como el de las grandes ciudades o megalópolis, patrón de poblamiento que se revela en las cifras de Naciones Unidas, cuya estadística expresa que América Latina y el Caribe, en 1960, tenían un 49 por ciento de población urbana, la que paso a constituir el 72 por ciento en 1990 y se prevé que alcanzará un 76 por ciento en el año dos mil.
LA SOCIEDAD DE MASAS
El mayor cambio que debe asimilar el Derecho lo provoca la sociedad de ma sas; este fenómeno ha obligado a reconceptulizar la democracia, a asimilar el derecho de las minorías, para que aquélla sea realmente una filosofía de participación antes que de justificación del poder en manos de unos pocos. Los desequilibrios que las nuevas situaciones de la sociedad de masas han provocado, evidenciaron la brecha entre pobres y ricos, no sólo entre individuos, sino entre Estados; y se determinó, gracias a la tecnología informática, que era necesario superar tales problemas con una concepción socio-económica equilibrada, que genere espacios1para una convivencia legítima de formas tecnológicas autóctonas o tradicionales con las más avanzadas que produce el conocimiento científico de fines de siglo y del milenio. Nuestro país tiene esta vivencia al comparar las urbes de Quito y Guayaquil con las zonas rurales de la región amazónica, estas últimas todavía en un estado primitivo sufren los embates del desarrollo petrolero y su avanzada tecnología que produce deterioro ambiental; igual ocurre si visitamos la zona rural de Esmeraldas, donde faltan las condiciones básicas de salud para prevenir muertes de mujeres por el parto o de niños por carencia vitamínica.
Superar el problema anterior es la clave de la sociedad informatizada En atención al derecho social y ecológico, es preciso formar mejor a nuestros individuos que integran la sociedad y reformar la estructura jurídico-constitucional; es ineludible capacitarlos y replantear nuestros sistemas educativos para invertir la tendencia educacional que revela una realidad estadística, que muestra la causa del desacelerado crecimiento y falta de impulso al desarrollo de países como el nuestro, porque mientras en las democracias industrial izadas hay 139 técnicos por cada mil habilitantes, en nuestras democracias de países en vías de desarrollo sólo hay 9 técnicos por mil habitantes. Es imprescindible comprender el papel de agente social que de sempeñan los científicos y técnicos en las políticas de participación democrática del mundo actual; al igual que usar las ventajas comparativas que la tecnología nos ha posibilitado, sin destruir por ello el entorno y sin proteger la defensa del ser humano.
LA REVOLUCIÓN TECNOLÓGICA Y EL NUEVO DERECHO
De la revolución industrial accedimos a la revolución tecnológica y científica.
Pasamos, en menos tiempo que del fuego a la rueda y de ésta a la máquina, del va por a la energía atómica. La meta de la nueva Revolución Creativa es acelerar el uso masivo de formas limpias de energía, como la solar o la cólica, en aplicación de las nuevas tecnologías con que se apoya la investigación científica. Los resulta dos son nuevos descubrimientos que han creado una sociedad digital, producto de la electrónica y los chips de silicio, sustentada en la informática, que dejó atrás las viejas concepciones de la rev91ución científica del siglo XVII. para, a fines del siglo XX, plantear nuevas bases para la sociedad y que no puede ignorarlas el Estado Constitucional que está obligado a formular el nuevo derecho.
El tratadista argentino Alfredo Palacios, tras la segunda guerra mundial y sus consecuencias sociales, propuso que el nuevo derecho construya la esencia de una justicia con base en el derecho laboral; la sociedad finisecular habla de un derecho social sustentado en la tecnología y controlado por la informática, como mecanismo que posibilite la lucha contra la pobreza y la modernización del Estado.
Ante el Derecho, el conflicto tecnológico se agrava cuando confrontan quienes pretenden una tecnología libre de todo control social, que toman el proceso mismo de la innovación tecnológica como expresión fundamental de la libertad humana, con los grupos humanitaristas que ven en la tecnología un peligro. Para estos últimos, dicen Davis y Ellul, una tecnología falta de controles éticos podría deshumanizar la existencia, por lo que debe ser subordinada a las limitaciones que le imponga el consenso social; puesto que, como dice William Leiss, en su obra "El dominio sobre la naturaleza",…. la conquista de la naturaleza externa exige un control complementario de la naturaleza interna (humana) …………De este choque de ideas se revela todo un proceso que obliga a reconceptualizar la sociedad y determina para el Derecho Constitucional la obligación de garantizar los derechos y libertades, individuales y sociales, que han sido basamento del Estado Nación y de la filosofía democrática que lo orienta en el siglo que termina.
TECNOLOGÍA Y PODER
El poder se ha magnificado con la tecnología, que si bien aduce aportar para la paz, aporta mucho más a la guerra, como fue posible experimentar en el conflicto del Golfo Pérsico; esta situación ha permitido a los Estados' dueños de la tecnología desdeñar la amenaza atómica y proponer el temor espacial con la "guerra de las galaxias", o el manejo de proyectos de investigación biogenética, todos ellos constituyen edición apocalíptica del uso del poder tecnológico por los Estados de la sociedad informatizada en la modernidad. Según Davis, hoy día el liderazgo mundial ha entendido que la tecnología provee los medios para controlar toda la sociedad, convirtiéndose en base del poder; el mismo autor explica cómo los dirigentes y líderes se adaptan a los nuevos cambios del sistema, adoptan con gran velocidad los medios y herramientas tecnológicas para usos políticos, que igual incluye el uso de la informática para las campanas de acceso al poder y de sustentación del gobierno, que el sistema computacional para datos bancarios y de control tributario; rayos láser para la implementación de seguridad y armamento; televisión con propósitos de vigilancia, tal ocurre con la propuesta que ha hecho el Gobierno Español de instalar cámaras de televisión en las calles del país Vasco para controlar el terrorismo; el uso de la planificación estratégica y del sistema administrativo, etc.; en otras palabras, los dirigentes del poder mundial comprenden que la sobrevivencia del sistema económico está interrelacionada con las innovaciones tecnológicas y del desarrollo científico.
Los aspectos anteriores establecen los perfiles básicos de la sociedad informatizada; en ella la centralización de los medios tecnológicos de control y su amplia ción hacen que las consecuencias de la pasión y el error humano resulten más serias. Al decir de Ellul, nunca antes pudieron tan pocos causar daño a tantos; referencia a una sociedad informatizada donde la realidad virtual supera la imaginación; donde millones de seres sustituyen la vida real por las telenovelas y, donde la sociedad de consumo se dirige a cumplir los anuncios que generan nue vos hábitos que no son producto de la experiencia y de la necesidad social. Configurada así, se ha establecido en la modernidad una nueva sociedad cuyas falencias crecen con el desarrollo científico-tecnológico y se toman en requerimiento de la sociedad al derecho.
EL RETO AL DERECHO
En la sociedad que hemos descrito está inmersa una amenaza a la libertad y privacidad individuales; se pone en peligro la estabilidad de la relación entre el individuo y el Estado, se desequilibran valores y garantías que han sido ejes del Esta do de Derecho. El Derecho constitucional se toma frágil ante herramientas técnicas que inciden sobre la voluntad humana y favorecen el poder de control. El derecho ha sido rebasado por la técnica y la ciencia; pudieron más los silicones y sus consecuentes chips, como base para el desarrollo de microcomputadoras que impulsaron la creatividad de programas de "software"· para toda actividad concebible del ser humano, que los Códigos y normas jurídicas. El desarrollo electrónico y de la tecnología satelital facilitaron saltar distancias en microsegundos, permiten que desde cualquier lugar del planeta pueda controlarse el quehacer individual o colectivo, favorecen nuevas modalidades de ejercer el poder del Estado y formas de gobierno impensados, con un autoritarismo disfrazado de democracia por el mal uso de los medios sociales de comunicación. De aquí nace el reto para el proceso de genera ción de un nuevo derecho que contemple esta problemática, su incidencia en el de sarrollo socio-económico, y preserve la libertad individual.
LIBERT AD Y BIENESTAR
Hoy día, en la sociedad informatizada, la tecnología hace posible medir el desarrollo y la libertad sobre la base del Índice de Desarrollo Humano (IDH), de las Naciones Unidas. que supone para cada individuo la oportunidad de participar a fondo en las decisiones comunitarias y de disfrutar de la libertad humana, económica y política. Su objetivo básico es ampliar las oportunidades de los individuos para hacer que el desarrollo sea más democrático y participativo, de modo que tenga la opción de invertir en el desarrollo de sus capacidades. en su salud, en su educación y en su aprendizaje, sin hipotecar las oportunidades de las generaciones futuras, lo que hace al proceso sostenible y equitativo. Ya no preguntamos cuánto produce una nación, sino cómo se encuentran sus habitantes.
La organización de las Naciones Unidas ha establecido que el desarrollo humano es incompleto si el hombre carece de libertad. La humanidad ha estado dispuesta a todo sacrificio, hasta de su vida, para obtenerla como nación o como persona, individual o colectivamente, de manera que una tecnología que no considere esta vocación, desconoce la esencia del ser y no permitirá bienes o desarrollo de ninguna naturaleza.
De la libertad es más fácil hablar que medida. Existen dos tipos de libertades, dice el organismo internacional en su informe sobre el Desarrollo Humano de 1991: la primera categoría comprende las libertades negativas, así llamadas porque implican una libertad de algo, igual de un régimen arbitrario, que de un arresto ilegal o de un ataque injustificado contra la persona o sus bienes, para lo que se han desarrollado instituciones democráticas que las protegen; tales como el sufragio universal, el voto secreto y el imperio de la ley. En la segunda categoría está las libertades positivas, las de hacer algo, de participar en la vida comunitaria, organizar partidos o grupos sindicales de oposición o de gobierno, salir a la calle sin avergonzarse, en general todos aquellos derechos que están incluidos en la Carta Universal de Derechos Humanos, en el pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos o sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales; aquí se incluyen los derechos personales: el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de las personas; la igualdad ante la ley; la libertad de reunión; la libertad de pensamiento, religión y opinión; la libertad de trabajar, de elegir libremente el empleo; el derecho a un nivel de vida adecuado; etc. A base de dar a la libertad garantizada la calificación de uno y valor cero a la libertad violada, con cuarenta criterios de libertad, se ha elaborado el Índice de Libertad Humana de Naciones Unidas; dentro de él, en el grupo de países de nivel medio, considerados tales en una relación libertad garantizada, libertad violada, en el rango ll-30, Ecuador ha logrado el puesto doce con 24 libertades, en tanto que Colombia tiene 14; Perú 16 y México 15.
Todo lo dicho nos lleva al análisis de cómo y en qué forma el Derecho Constitucional debe asimilar los cambios, proteger las garantías y determinar en qué consiste el bien protegido.
Antes de continuar, es preciso que expliquemos el contenido conceptual de algunas palabras que se usan en la sociedad informatizada y en el mundo de la computación, palabras que inciden en la elaboración del Derecho y formulemos nuestra reflexión en tomo a ellas.
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