Alegato en Materia de Patentes
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SEÑORES MIEMBROS DEL COMITE DE PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y OBTENCIONES VEGETALES
Doctor Miguel Falconi Puig, por los derechos que represento de PLASTIGAMA S.A., una sociedad organizada y existente bajo las leyes de la República del Ecuador, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, dentro del Recurso de Reposición interpuesto en contra de la Resolución s/n dictada por el Comité de Propiedad Intelectual, Industrial y Obtenciones Vegetales, fechada julio 23 de 2001, notificada en agosto 1 del mismo año, comparezco ante ustedes y presento el siguiente alegato: I
ANTECEDENTES
1.- Tutela Administrativa: En marzo 21 del 2000, RIB LOC AUSTRALIA PTY LTD., presenta solicitud de tutela administrativa en contra de PLASTIGAMA S.A., por la supuesta infracción de sus derechos de propiedad industrial, contenidos en las reivindicaciones de la patente de producto IP 94-802 denominada MAQUINA DE BUCLE PARA ARROLLAR UNA CINTA EN FORMA ESPIRAL.
Contestación a tutela: Dentro del término concedido, en octubre 24 de 2000 PLASTIGAMA S.A., presenta contestación a la tutela administrativa y varios documentos probatorios, que demostraron la falta de fundamento de la mencionada solicitud, así como la diferencias existentes entre la máquina que mi representada utiliza para elaborar el producto NOVALOC y la patente registrada a favor de RIB LOC.
Inspección: En noviembre 10 de 2000, se lleva a cabo la diligencia de inspección solicitada por RIB LOC a la planta de PLASTIGAMA S.A. En dicha diligencia el delegado del Director Nacional de Propiedad Industrial, el Doctor Freddy Proaño y el Ingeniero Rodrigo LucioParedes, perito designado, pudieron apreciar y analizar la máquina NOVALOC de propiedad de PLASTIGAMA S.A.
Informe pericial: En noviembre 13 del 2000 el señor perito, Ingeniero Rodrigo Lucioparedes, presenta su informe respecto de la inspección de la maquina utilizada por PLASTIGAMA S.A. a petición de las partes dicho informe fue debidamente ampliado en diciembre 7 del mismo año.
Audiencia: En enero 10 del 2001, se lleva a cabo la audiencia pública, en la que RIB LOC, y PLASTIGAMA S.A., exponen sus fundamentos de cargo y descargo respectivamente.
Resolución: Mediante resolución s/n, de marzo 8 del 2001, notificada en marzo 12 del mismo año, la Dirección Nacional de Propiedad Industrial, resuelve rechazar la solicitud de tutela administrativa interpuesta por RIB LOC AUSTRALIA PTY. LTD., "por cuanto la empresa PLASTIGAMA S.A., no contraviene las reivindicaciones de la patente PI 94-802”.
2.- Recurso de Apelación: En marzo 22 del 2001, RIB LOC AUSTRALIA PTY. LTD., presenta Recurso de Apelación en contra de la resolución s/n de marzo 8 del 2001 emitida por la Dirección Nacional de Propiedad Industrial.
Contestación: Dentro del término concedido, en junio 6 de 2001 PLASTIGAMA S.A., presenta contestación al Recurso de apelación.
Resolución: Mediante resolución s/n, de julio 23 del 2001, notificada en agosto 1 del mismo año, el Comité de Propiedad Intelectual, a pesar de haber sido expresamente requeridos y en clara violación de ley, sin abrir el término probatorio, sin señalar día y hora para la audiencia y sin resolver en orden cronológico, resuelve aceptar el Recurso de Apelación interpuesto por RIB LOC AUSTRALIA PTY. LTD., y ordenar la suspensión de la actividad de utilización, explotación, venta y oferta en venta de la máquina de propiedad de PLASTIGAMA . Para hacerlo, omite realizar un análisis comparativo de las reivindicaciones de la patente No. PI-94-802 con la máquina de PLASTIGAMA S.A., haciendo mención a la semejanza de principios tecnológicos, los cuales, como se ha explicado reiteradamente no son ni pueden ser objeto de apropiación por particular alguno, ya que son de carácter universal.
3.- Recurso de Reposición: En Agosto 8 de 2001, PLASTIGAMA presenta Recurso de Reposición ante el Comité, en contra de la resolución s/n de julio 23 del 2001 emitida por el Comité de Propiedad intelectual.
Contestación: Dentro del término concedido, en Octubre 19 de 2001 RIB LOC S.A., presenta contestación al Recurso de Reposición.
Inspecciones: En noviembre 16 del 2001 mediante oficio sin número, el Comité designó como peritos a los Ingenieros José Guasumba y Francisco Andrade para la realización de las inspecciones de la máquina de PLASTIGAMA S.A. y la comparación con la patente 94-802.
La inspección a la máquina NOVALOC de PLASTIGAMA S.A. fue realizada en noviembre 20 del 2001, en la ciudad de Guayaquil.
Con fecha diciembre 4 del 2001, se realizó una inspección a una máquina de propiedad de la compañía PLASTICOS RIVAL S.A., por así considerarlo conveniente el Comité.
Informe pericial: En Diciembre 19 del 2000 los peritos presentan su informe comparativo entre la maquina utilizada por PLASTIGAMA S.A. y las reivindicaciones de la patente PI 94-802.
Audiencia: El día 21 de Diciembre a la 9:00 se lleva a cabo la audiencia solicitada por PLASTIGAMA en la que las partes presentaron oralmente sus alegatos.
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
1.- Fundamentos de RIB LOC:
A lo largo de todo el proceso, incluyendo la audiencia del 21 de diciembre de 2001, RIB LOC viene insistentemente repitiendo exactamente las mismas frases que identifican sus argumentos, las cuales me permitiré transcribir textualmente haciendo referencia a cuál de sus escritos corresponde, y el comentario pertinente:
1.- Rib Loc sostiene que “el principio fundamental en que se basan las técnicas de RIBLOC (patentada) y NOVALOC (infractora), es el mismo”.
Comentario: El principio fundamental de formar un tubo a partir de una cinta plástica arrollada helicoidalmente no es lo que se encuentra patentado en la patente PI 94-802 de Rib LOC, primero: Por tratarse de una patente de producto (máquina) y no de procedimiento; segundo: Los principios fundamentales de por sí no son apropiables o patentables; tercero: El procedimiento es universalmente conocido, se encuentra en el estado de la técnica; cuarto: En la página 1 párrafo 2 de la memoria descriptiva de la patente PI 94-802 , Rib Loc expresamente reconoce la existencia en el estado de la técnica del procedimiento mencionado al decir “En las máquinas que se utilizan en la actualidad para este fin (arrollar una cinta helicoidalmente) se acostumbra a arrollar una cinta de plástico, sobre un mandril giratorio o proveer un anillo de rodillos en forma de conjunto de jaula de rodillos…”
2.- Rib Loc sostiene que “La técnica para elaborar la materia prima (perfil de PVC) es el mismo”.
Comentario: La materia prima (PVC) del perfil o cinta, la técnica para producirlo o el perfil como tal, nada tienen que ver en el presente proceso de infracción de reivindicaciones de una máquina específica contenida en la patente PI 94-802.
3.- Rib Loc sostiene que “La técnica para introducir el perfil a la máquina y conformar el cilindro llamado tubo, es la misma”.
Comentario: Primero: No se trata de una patente de procedimiento; segundo: El principio técnico no es patentable; tercero: Los mecanismos a través de los cuales ingresa la cinta son distintos y eso es precisamente lo que se encuentra patentando conforme las reivindicaciones; cuarto: el diseño mecánico de la abertura por la cual ingresa la cinta es completamente distinto y eso es precisamente lo que se encuentra patentando conforme las reivindicaciones.
4.- Rib Loc sostiene que “Y el concepto de fijación del diámetro es el mismo, aunque ambas máquinas pudieren diferir en detalles mecánicos”.
Comentario: Primero: El concepto de fijación del diámetro no es lo que se encuentra patentado ya que no esta contenido en reivindicación alguna; segundo: Los conceptos por si solos no son patentables, sino la materialización o exteriorización de un concepto convertido en una realidad sensible mediante un diseño mecánico, que es precisamente lo patentado en el presente caso; tercero: Rib Loc reconoce que las máquinas difieren en sus detalles mecánicos que es precisamente lo pertinente, relevante y conexo en el presente caso, ya que las reivindicaciones lo que hacen precisamente es proteger el diseño mecánico de las máquinas patentdas.
5.- Rib Loc sostiene que “El producto terminado que se fabrica en la máquina de Novaloc (PLASTIGAMA S.A.) y el que se fabrica en la máquina Rib Loc pueden tener un comportamiento estructural idéntico”.
Comentario: El producto terminado (tubo) y su comportamiento estructural nada tienen que ver en el presente proceso de infracción de reivindicaciones de una máquina específica contenida en la patente PI 94-802.
6.- Rib Loc sostiene que “El bucle Rib Loc está formado por rodillos que se disponen a un cierto ángulo respecto al eje del tubo que se forma y la pared está formada por una lámina metálica. La canasta de Novaloc esta formada por rodillos paralelos al eje del tubo que se forma y no tiene pared metálica (DIFERENCIA EXISTE PERO NO ES ESENCIAL)”.
Comentario: En la página 1 párrafo 2 de la memoria descriptiva de la patente PI 94-802, Rib Loc expresamente reconoce que existen “máquinas que se utilizan en la actualidad para este fin (arrollar una cinta helicoidalmente) se acostumbra a arrollar una cinta de plástico, sobre un mandril giratorio o proveer un anillo de rodillos en forma de conjunto de jaula de rodillos…” y explica ciertas desventajas de estas máquinas lo que llevó a Rib Loc a desarrollar una máquina que resuelva dichos problemas, que consiste en “una cabeza de arrollamiento formada por una banda metálica rígida y fija cuya superficie interna forma un trayecto helicoidal…” es decir que la innovación radica precisamente en la banda metálica que resulta ser el componente principal, que permitió la patentabilidad y como tal referido en todas y cada una de las reivindicaciones de la patente PI 94-802 . Primero: Reconociendo expresamente Rib Loc como es evidente a simple vista que la máquina NOVALOC no tienen banda o pared metálica, resulta por demás absurdo, malicioso y temerario, el pretender sostener que no se trata de una diferencia esencial cuando si lo es y de hecho es la más esencial de todas. Segundo: siendo la banda metálica un elemento contenido en todas y cada una de las reivindicación (recordar que se trata de reivindicaciones dependientes) por el simple hecho de no existir banda metálica no puede existir infracción alguna.
7.- Rib Loc sostiene que “Las diferencias que puedan tener ambas máquinas no las exime de la similitud que tienen para hacer ingresar el perfil ya sea a la canasta, ya sea al bucle. El objeto y finalidad es exactamente el mismo: un ingreso tangencial.”
Comentario: Primero, se reconoce las diferencias en cuanto al diseño mecánico; segundo: se habla de similitudes y no de identidad como es correcto; tercero: las similitudes se refieren al procedimiento de cómo ingresa la cinta al interior del cabezal de arrollamiento, cuando lo correcto es analizar el diseño mecánico de la abertura que permite el ingreso de la cinta y que sí es diferente; cuarto: es lógico, evidente y necesario que tiene que haber un espacio mediante el cual la cinta ingrese al interior del cabezal, de lo contrario cómo o con qué se fabrica el tubo, si no es con la cinta arrollada helicoidalmente en el interior del cabezal; quinto: la patente PI 94-802 no protege método, procedimiento, sistema y peor aún objetivo alguno, sino el diseño mecánico de un aparato; sexto: la forma de ingreso tangencial de una cinta al interior de un cabezal de arrollamiento se encuentra en el estado de la técnica.
8.- Rib Loc sostiene que “Ambas máquinas tienen un cabezal compuesto por rodillos locos dispuestos circunferencialemnte que permiten el desplazamiento de la banda plástica o perfil”.
Comentario: Primero: Lo que se debe comparar es el diseño mecánico específico del cabezal patentado conforme el tenor de las reivindicaciones de la patente PI 94-802, y no una máquina con otra; segundo: El hecho que ambos cabezales tengan rodillos que permiten el desplazamiento de la banda plástica no permite deducir que existe infracción, ya que todos los carros tienen un motor que permite el desplazamiento de una persona y no por ello podemos deducir que existe infracción de una reivindicación de uno de los motores; tercero: Rib Loc tienen derecho de exclusividad sobre el diseño mecánico de un cabezal determinado con todas las características especificadas conforme el tenor de las reivindicaciones de su patente PI 94-802, y no sobre los rodillos aisladamente considerados ni sobre todo cabezal que contenga rodillos como parte de su mencanismo; cuarto: En la página 1 párrafo 2 de la memoria descriptiva de la patente PI 94-802 , Rib Loc expresamente reconoce la existencia en el estado de la técnica de cabezales con rodillos al decir “En las máquinas que se utilizan en la actualidad para este fin (arrollar una cinta helicoidalmente) se acostumbra a arrollar una cinta de plástico, sobre un mandril giratorio o proveer un anillo de rodillos en forma de conjunto de jaula de rodillos…”
9.- Rib Loc sostiene que “Ambas máquinas pueden facilitar la formación de una helicoide para poder arrollar el perfil o banda plástica en forme de un cilindro (tubo)”.
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