El Derecho de la Competencia
Autor: Dra. María Vanesa GUILLEM
PALABRAS CLAVES:
Agente económico, competencia desleal, derecho de la competencia, libre competencia, mercado, mercado de competencia perfecta, mercado relevante, prácticas concertadas, prácticas restrictivas, posición dominante, precios predatorios.
Este trabajo nos ofrece las nociones básicas del nuevo Derecho de la Competencia: Cómo surge esta rama del derecho económico y la evolución que ha experimentado en el tiempo. Resalta desde luego la enorme importancia que merece dentro de las relaciones de mercado y la necesaria aplicación de medidas que promuevan y sancionen conductas que lesionen el normal desenvolvimiento del mismo. Destacamos además el marco jurídico actual en el que se desarrolla la libre y leal competencia en lo internacional, en lo regional y en nuestro país Ecuador.
El Derecho de la Competencia es materia de gran desarrollo a nivel mundial. En Estados Unidos, lleva más de cien años de evolución; en la Unión Europea fue impulsado ante la necesidad de regular las relaciones de libre mercado entre los países miembros; en Latinoamérica, si bien ha existido legislación antimonopolio que data desde 1919, su difusión y aplicación jurídica se manifiesta a raíz de la apertura económica y de la inmersión de este continente en el proceso globalizador.
Es por eso que ante la realidad de nuestro país, abierto a un sinnúmero de mercados, se hace necesaria la aplicación de una regulación que controle la potencial concentración económica, las prácticas restrictivas de la competencia que imponen sobre todo las grandes empresas que asumen una posición de dominio, las conductas que originen una competencia desleal, y limiten o impidan el acceso al mercado de los actores económicos medianos y pequeños.
El Derecho de la Competencia es una rama del derecho económico que se encarga de promover la libre y leal competencia entre los agentes económicos en el mercado, prohibiendo conductas restrictivas, el abuso de la posición de dominio y la competencia desleal.
De este modo tenemos, por un lado la libre competencia económica que supone una situación del mercado en la que cualquier persona tiene libertad de entrar y de salir, y de ofertar o demandar un bien o servicio, sin que exista la posibilidad de que quienes están dentro, individualmente o en conjunto, interfieran en las condiciones del mismo para restringir el acceso o eliminar a sus potenciales o reales competidores mediante prácticas restrictivas de la competencia o el abuso de su posición de dominio.
Dante Rojas agrega al concepto de libre competencia el papel activo del consumidor, estableciendo que se trata de “la concurrencia libre en el mercado de ofertantes que producen bienes o servicios similares y, a su vez, consumidores que toman decisiones libres sobre sus compras en el mercado con información suficiente sobre las características de precio y calidad de los productos, sin que en estas decisiones intervengan fuerzas distintas a las del mercado mismo.”
De acuerdo a la definición anterior el fundamento de la libre competencia es la libertad de elección del consumidor y del proveedor, el primero para decidir qué y dónde comprar, y el segundo para resolver qué y dónde vender. El Estado por su parte asume su rol de: i) defensa del consumidor (normas de defensa del consumidor) para proteger el estado de indefensión de los demandantes; y, ii) protección de la libre competencia (normas contra las prácticas restrictivas de la competencia, el abuso de la posición dominante, y el control de las integraciones).
La libre competencia permite (en teoría) el equilibrio del mercado, o lo que conocemos como un mercado perfectamente competitivo, sin embargo es necesario contar con normas que la garanticen y regulen cuando el mercado de manera natural no lo pueda hacer, sin necesidad de aplicar un intervencionismo que pueda perjudicar el bienestar social.
Y, por otro lado tenemos a la competencia desleal. La lealtad o buena fe comercial es quebrantada cuando uno o varios agentes económicos realizan prácticas en contra de las sanas costumbres mercantiles. Este comportamiento anticompetitivo tiene la finalidad de aumentar la cuota de mercado y disminuir, limitar o hasta eliminar a la competencia.
Para que se configure una práctica desleal en el mercado debe comprobarse la existencia de una competencia real entre comerciantes, proveedores, fabricantes, etc., ya que por lo general estas conductas son dirigidas contra un competidor en específico, perjudicando en primera instancia a éste (sin dejar a un lado las posibles consecuencias negativas que sufra el mercado en su totalidad y la afectación al consumidor).
La competencia leal es objeto de protección desde 1883 con la firma del Convenio de de París, en el que se establece que cada estado contratante estará obligado a proveer una protección eficaz contra la competencia desleal. El mismo convenio ofrece una primera definición de la competencia desleal que consiste en un “acto contrario a los usos honestos en materia industrial o comercial”. El convenio además especifica las siguientes conductas prohibidas: i) la confusión respecto a los productos, establecimiento o actividad comercial o industrial del competidor; ii) las aseveraciones falsas que pudieran desacreditar al competidor; iii) las aseveraciones que pudieran inducir al público a un error sobre los productos del competidor.
Otras legislaciones de a poco han incorporado otras conductas como los actos de desviación de clientela, actos de desorganización interna de la empresa, los actos de comparación, actos de imitación, explotación de la reputación ajena, violación de secretos, inducción a la ruptura contractual, pactos de exclusividad, entre otros.
En cuanto a las finalidades de la regulación de la competencia, éstas van más allá del equilibrio del mercado y pueden variar en cada territorio según los intereses y las políticas gubernamentales que inspiraron la creación de sus normas, bien sean de carácter económico, social, y hasta político. Estas finalidades plasmadas en las diferentes legislaciones comprenden la eficiencia del aparato productivo nacional, la libertad de acceso y permanencia en el mercado, variedad de calidad en los productos, beneficios para los consumidores, bienestar social, etc.
Antecedentes del Derecho de la Competencia
Según Almonacid Sierra-García Lozada, los fundamentos de la libre competencia provienen de las premisas del modelo revolucionario francés, que más tarde se consolidaron en los supuestos básicos de la economía de mercado capitalista, conformados por derechos que no pueden ser limitados, restringidos ni desconocidos por el Estado. Estos derechos son: el derecho a la propiedad privada, la libertad de empresa, la libertad de competencia económica.
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