Estudio comparativo del modelo de gestión financiero de las comunidades autónomas españolas…
Autor: Hugo GONZÁLEZ ALARCÓN
…sus ingresos tributarios y no tributarios con el modelo ecuatoriano en virtud de las normas constitucionales legales vigentes.
RESUMEN:
La legislación y estructura jurídica española ha sido un referente de mucha importancia para los cambios jurídicos que se encuentra atravesando Ecuador. En la elaboración de la nueva Constitución de la República del Ecuador se siguió la asesoría de especialistas españoles y en consecuencia, se tomó como fuente orientadora, respecto de la estructuración de derechos fundamentales, así como respecto de la organización del Estado, pero atendiendo nuestra realidad conforme al tipo de Estado definido históricamente. Dentro de la nueva organización, la Constitución de Montecristi previó el desarrollo de los “Gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales”. Para el cumplimiento de las competencias a ellos encargadas se dispuso que estos generen sus propios recursos financieros y participen de las rentas del Estado. Esta posibilidad de financiamiento y el uso de recursos financieros por parte de las entidades autónomas previstas en la Constitución ecuatoriana, fueron tomadas siguiendo ejemplos de las instituciones españolas; por lo que la propuesta de estudio consiste en un breve análisis de la estructura jurídica de creación, funcionamiento, ingresos (donde la base principal es la carga impositiva), sus competencias delegadas, tomando en consideración las principales normas constitucionales y legales en orden orgánico y ordinario del sistema español, la determinación de los principios que rigen al modelo.
Luego de realizar el análisis de lo desarrollado en Ecuador y poder realizar un comparativo entre ambos modelos, con la finalidad de analizar sus similitudes, diferencias, alcance y futuras aplicaciones en el Ecuador en las conclusiones.
Inicialmente el trabajo fue denominado como Estudio comparativo de los impuestos locales de las Comunidades Autónomas españolas con los impuestos locales ecuatorianos. Al ejecutar el estudio pude notar que era necesario cambiar la materia de estudio y análisis, puesto que comparar impuestos entre legislaciones diferentes, en particular con la española, debía ser analizando las distintas cargas impositivas de las comunidades autónomas españolas, así como regímenes particulares como los regímenes forales o propios de determinadas áreas españolas. Por ello se analiza el modelo de las Comunidades Autónomas con el modelo aprobado para los gobiernos autónomos ecuatorianos en los que existe importantes modificaciones en esta materia.
PALABRAS CLAVES:
Gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales; Comunidades autónomas; Estado Social y Democrático de Derecho; Organización Territorial; competencias; recursos financieros; tributos.
ABSTRACT:
—Legislation and Spanish legal structure has been of great importance to change legal found passing through Ecuador. On the development of the new Constitution of the Republic of the Ecuador followed the advice of Spanish specialists and was accordingly taken as a guiding source with respect to the structuring of fundamental rights. In addition to the Organization of the State, but our reality according to the type of State defined historically in response. Within the new organization, Montecristi´s Constitution foresaw the development of the “Decentralized Autonomous Governments and Special Regimes”. For the discharge of the powers they charge were available that they generate their own financial resources and income from the State to participate. This possibility of financing and use of financial resources by the planned autonomous entities in the Ecuadorian Constitution, were taken following examples from the Spanish institutions; so the proposal of study is to a brief analysis of the legal structure of creation, functioning, income (where the main base is the tax burden), its delegated powers, taking into account the main constitutional and legal rules in organic and regular order of the Spanish system, the determination of the principles of the model.
ÓThen the analysis of what was developed in Ecuador and be able to make a comparison between the two models, in order to analyse their similarities, differences, scope and future applications in the Ecuador in the conclusions.
Initially the work was referred to as comparative study of the Spanish autonomous communities with the Ecuadorian local taxes. To run the study I could tell that it was necessary to change the subject of study and analysis, given that compare between different laws made no sense. That is why I had to rethink the issue of comparative analysis to the models of the autonomous communities with the model adopted for the Ecuadorian autonomous governments where there is a significant development of the tax.
KEYWORDS:
Decentralized Autonomous Governments and Special Regimes; Autonomous Communities; Welfare State and democratic law; Territorial organization; Competence; Financial resources; Tributes
SUMARIO:
I. CAPÍTULO PRIMERO: 1. Desarrollo jurídico de las Comunidades Autónomas en el Reino Español.- a.- A partir de la Constitución Española.- i.- Estructura Estatal.- ii.- Organización Territorial.- iii.- De las Comunidades Autónomas.- iv.- Competencias.- v.-Delegación Legislativa.- vi.- Recursos.- b.- Desarrollo a partir de normativa legal.- i.-Ley General Tributaria.- ii.- Leyes Orgánicas.- iii.- Ley Orgánica 8/1980 y sus Reformas.- iv.- Recursos – Ingresos.- v.- Establecimiento de Tributos.- vi.- Respecto de las Tasas.- vii.- Respecto de tributos cedidos por el Estado.- viii.- Tributos objeto de cesión y límites.- ix.- Recargos sobre impuestos.- x.- Participación en los ingresos del Estado.- xi.- Ingresos por Operaciones de Crédito.- xii.- Garantía de Nivel Mínimo de Servicios Públicos.- xiii.- Ingresos por asignaciones del Fondo Compensatorio Interterritorial.- 2.- Puntualización de Principios que rigen el Modelo.- II. CAPÍ-TULO SEGUNDO: 1.- Desarrollo jurídico de los Gobiernos Autónomos, Regiones Autónomas y otras instituciones.- a.- A partir de la Constitución de la República del Ecuador del año 2008.- i.- Estructura Estatal.- ii.- Organización interna.- iii.- Competencias.- iv.- Recursos económicos.- v.- Respecto del sistema tributario.- b.- Desarrollo a partir de normativa legal.- i.- Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.- ii.- Respecto de los Recursos.- a.- Ingresos propios producto de su gestión.- b.- Transferencias del presupuesto general de Estado.- c.- Transferencias, legados y donaciones.- d.- Participación en las Rentas.- e.- Recursos de financiamiento.-2.- Puntualización de los principios que rigen el modelo ecuatoriano.- III. CAPÍTULO TERCERO: Conclusiones.- IV. Bibliografía
CAPÍTULO PRIMERO
I.- Desarrollo jurídico de Comunidades Autónomas en el Reino Español.-
1. A partir de la Constitución Española.-
i.- Estructura Estatal.-
Para explicar esta primera parte del estudio es necesario analizar la forma de estructuración del Reino Español, remitiéndonos a la Constitución Española, toda vez que, la estructura de un país tiene una vinculación directa con la Constitución del mismo. En la Constitución española se dispone que la nación española es un Estado Social y de democrático de Derecho, siendo su forma política la Monárquica parlamentaria. Esta estructura es comprensible considerando los antecedentes históricos del reino español así como las distintas nacionalidades que conforman el Estado. Esta diferencia de nacionalidades provocó que la forma de estructurarse el aparato de la administración pública, vaya de la mano con la realidad de la sociedad; y por más que la propia carta magna disponga la indisolubilidad de la unidad de la nación, también reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran el Estado. La autonomía es vinculada por la Constitución Española no solo al principio de unidad, sino también al de solidaridad entre ellas. Para atender esta estructura de la administración, la propia Constitución prevé que los poderes públicos desarrollen sus actividades bajo principios de legalidad, jerarquía normativa (que tiene extrema importancia en particular en lo tributario- financiero), irretroactividad, seguridad jurídica, responsabilidad y de interdicción de la arbitrariedad del poder público.
…