La Acción de Incumplimiento en el nuevo ordenamiento constitucional ecuatoriano
Autor: Stefanía BHRUNIS y Katherine CALDERÓN
RESUMEN:
El presente artículo parte, a manera de introducción, desarrollando un esquema aclarativo de la Acción de Incumplimiento y, continúa a lo largo de toda su investigación abordando con profundidad la acción constitucional investigada a través de una extensa bibliografía cónsultada.
La autora, a través de un lenguaje claro y profundo, nos ofrece un análisis frente a la necesidad del estudio de esta herramienta que surgió a partir del año 2008, con la entrada en vigencia de la actual Constitución de la República del Ecuador, garantía constitucional que demuestra la madurez y crecimiento de nuestro país en materia constitucional.
Bajo este contexto, la autora nos entrega un trabajo, el cual desarrolla las garantías y derechos de este “nuevo constitucionalismo ecuatoriano”, finalizando el mismo, con conclusiones y recomendaciones pertinentes de conformidad con el desarrollo de su investigación.
PALABRAS CLAVES:
Derecho constitucional.- Garantía constitucional.- Garantismo.- Acción por Incumplimiento.- Acción de Cumplimiento.- Estado.-
ABSTRACT:
This article part, by way of introduction, developing the action of non-compliance scheme and continues throughout all his research addressing the constitutional action investigated through an extensive bibliography consulted with depth.
—The author, through a clear and profound language, provides an analysis against the need for the study of this tool that emerged from the year 2008, with the entry into force of the current Constitution of the Republic of the Ecuador, constitutional guarantee that demonstrates maturity and growth of our country in constitutional matters.
—In this context, the author gives us a work, which develops the guarantees and rights of this “new Ecuadorian constitutionalism”, ending the same, with conclusions and recommendations in accordance with the development of its research.
KEYWORDS:
Constitutional law.- Constitutional guarantee.- Action by non-obbservance, compliance with action.- State.-
SUMARIO:
1.- Introducción.- 2.- Los derechos y garantías en el nuevo constitucionalismo ecuatoriano.- 3.- La acción de incumplimiento en el Derecho Constitucional ecuatoriano.- 3.1.- Evolu-ción constitucional.- 3.2.- Aproximaciones conceptuales y sus alcances.- 4.- La acción de cumplimiento.- 5.- Perspectivas de protección y garantía.- 5.1.- Aspectos conceptuales sobre la adecuación.- 5.2.- Aspectos conceptuales sobre la eficacia.- 6.- Conclusiones y recomendaciones.- 7.- Bibliografía.-
1.- Introducción.-
Las responsabilidades de los Estados conjuntamente con la comunidad internacional respecto de las sociedades, están orientadas a desarrollar su transformación y reconstrucción, básicamente en lo relativo al ejercicio y materialización de los derechos en el marco institucional de la democracia, pero fundamentalmente cuando se trata de brindar protección y garantía a los derechos en el escenario del Estado “constitucional de derechos y justicia…”
A partir del año 2008, con la entrada en vigencia de la actual Constitución de la República del Ecuador se produce un cambio paradigmático en las estructuras estatales, por el ingreso al “nuevo constitucionalismo”, cuyo objetivo fundamental es acceder a la materialización de la justicia a través de la existencia y aplicación de las “garantías judiciales de los derechos”. Ello significa dejar de lado progresivamente aquellas actuaciones decimonónicas de parte de los jueces en la aplicación del derecho, es decir, la desaparición sucesiva de aquellos jueces asimilados como “la boca de la ley”, “subsuncionistas o silogístas”, quienes son reemplazados por otros que ejerzan esfuerzos y razonamientos jurídicos más rigurosos, que les permitan eregirse como verdaderos “creadores de derecho” y a su vez como efectivos aplicadores de los valores y principios constitucionales, confrontados como criterios axiológicos y superiores a las reglas, todo lo cual redundaría en la actuación de los jueces evidenciada en la efectiva protección, garantía y ejercicio de los derechos humanos. En el ámbito filosófico, los derechos humanos se caracterizan por su pertenencia esencial a la persona como sus atributos fundamentales, por ello son inalienables e intransferibles, en tanto que desde la óptica política, se determina la relación entre el individuo y el Estado y el modo de ser del sistema democrático.
Los derechos humanos tienen estricta relación con los sistemas democráticos contemporáneos, de allí que su ejercicio tiene validez si asimila su universalidad, si son asumidos como patrimonio de cada ser humano y cada pueblo, ya que la especie está compuesta por seres humanos dotados éstos de iguales atributos y los mismos derechos y libertades fundamentales. Estas realidades estipularán la concienciación de los atributos del ser y el conocimiento integral de la titularidad de sus derechos. Los derechos humanos pueden precisarse como aquellas prerrogativas que tiene todo individuo frente a todos y al Estado, para preservar su dignidad como ser humano, cuyo efecto es suprimir la interferencia del Estado y de poderes fácticos en áreas específicas de la vida individual, como es el caso de la libertad personal, o asegurar la prestación de determinados servicios por parte del Estado orientadas a la satisfacción de sus necesidades, y que reflejan las exigencias fundamentales que cada ser humano hacia la sociedad de la que es parte.
El Derecho interno tiene un desempeño importante en el reconocimiento o en la incorporación de los derechos humanos a nivel nacional, pero también en la construcción de mecanismos para el aseguramiento adecuado en el ejercicio de esos derechos. El Estado contemporáneo es progresivamente fortalecido en base a la idea de legitimidad, cuyo fundamento está en el respeto al valor del individuo y de sus derechos y, correlativamente, ciertos valores cuya realización es vital para la realización de tales derechos y para la protección del individuo como tal. En este sentido, cabe indicar que al Estado y su poder se le exige, continuamente, que asegure la paz, la libertad y la justicia social.
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