Principios constitucionales tributarios en el Derecho Comparado
Autor: Stefany DIAZ SAAVEDRA
RESUMEN:
El siguiente trabajo de investigación que elaboraré, es con la finalidad de indagar un tema de importancia en la actualidad en nuestro país, el cual lo escogí por la relevancia que tiene en todo Estado de Derecho; estos son los PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES TRIBUTARIOS, que relacionados con la normativa tributaria vigente, y así mismo comparada con el Derecho Tributario Español, la voy analizar a lo largo de este ejercicio investigativo.
PALABRAS CLAVES:
Principios.- Tributos.- Potestad Tributaria.- Obligación Tributaria.- Administración Tributaria.-
ABSTRACT:
—The next job of research is in order to investigate a topic of importance at present in our country, which so I chose by the relevance in any rule of law; These are the tax on constitutional principles, that related to the current tax regulations, and also compared with the Spanish tax law, I will look over this investigative exercise.
KEYWORDS:
Principios.- Tributos.- Potestad Tributaria.- Obligación tributaria.- Administración Tributaria.-
SUMARIO:
1.- Introducción.- 2.- Contenido.- 3.- Potestad Tributaria.- 4.- Sistema de Justicia Tributaria en el Ecuador.- 5.- Principios Constitucionales Tributarios.- 5.1.- Nociones generales sobre los Principios de Legalidad y Reserva de Ley.- 5.1.2.- Breve análisis del Principio de Legalidad y Reserva de Ley en las Constituciones de 1998 y 2008.- 5.1.3- Principio de Legalidad y Reserva de Ley en España.- 5.2.- Principio de Igualdad en el Ecuador.- 5.2.1.- Jurisprudencia Ecuatoriana del Caso No. 0169-2006-RA.- 5.2.2.- Principio de Igualdad en España.- 5.3.- Principio de Generalidad en el Ecuador.- 5.3.1.- Principio de Generalidad en España.- 5.4. Principio de Capacidad Econó-mica en el Ecuador.- 5.4.1. Principio de Capacidad Económica en España.- 5.5. Principio de NO Confiscatoriedad en el Ecuador.- 5.5.1. Principio de NO Confiscatoriedad en España.- 5.6. Principio en la Constitución Ecuatoriana.- 5.6.1. Principio de Eficiencia.- 5.6.2. Principio de Simplicidad Administrativa.- 5.6.3. Principio de Equidad.- 5.6.4. Principio de Suficiencia Recaudatoria.- 6. Conclusiones.- 7. Bibliografía.-
1.- Introducción
Antes de entrar a explicar cada uno de los principios que integran el régimen tributario, es importante ahondar en otros temas de igual importancia para llegar a las conclusiones de los argumentos que se plantean.
En un comienzo los Principios Constitucionales Tributarios en el Ecuador, los veremos desde la perspectiva de su Constitución, la misma que fue expedida el 20 de Octubre del 2008, en el Registro Oficial N° 449, en donde en el articulado pertinente que se tratará más adelante; así mismo dichos Principios Tributarios se estudiarán desde la figura del Código Tributario del Ecuador y de la Constitución Española de 1978; la cual propugna como valor superior la justicia que, en el campo tributario.
Los Principios Constitucionales Tributarios a los cuales haré mención, no son simples, máximas, nuevos refranes, pensamientos y aforismos, sino que son normas de orden Constitucional que obligadamente deben observarse; los cuales suelen ser límites al poder discrecional estatal, de asegurar mediante la colaboración de quienes más tienen los derechos de todos.
Estos Principios Constitucionales Tributarios, que implican un acatamiento a las características esenciales del orden jurídico que nos rigen; de acuerdo a la normativa la cual se ha hecho referencia en párrafos anteriores por lo que se estudiarán dichos Principios Tributarios de la siguiente forma:
1) Según la Constitución Ecuatoriana: Generalidad, Progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia, y suficiencia recaudatoria; así como el más importante que es el de Legalidad o de Reserva de Ley.-
2) Según el Código Tributario Ecuatoriano: Principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad.-
3) Según la Constitución Española de 1978: Principio de Capacidad Económica, Generalidad, Igualdad, Progresividad, No Confiscatoriedad, Principio de Reserva de Ley; y por último de Justicia; los cuales relacionados y diferenciados entre sí podremos llegar a las conclusiones pertinentes de los mismo como actúan los mismos en las distintas legislaciones.
2.- Contenido
Los principios constitucionales son garantías que tienen los ciudadanos dentro de un Estado, con la finalidad de que se haga cumplir sus derechos y obligaciones.
El poder tributario del Estado como facultad para exigir de los particulares prestaciones obligatorias, no puede considerarse de manera arbitraria o absoluta, por cuanto está sometido a una serie de limitaciones o restricciones impuestas por la Constitución y por las leyes a los entes dotados de tal poder. Esas limitaciones se expresan en los llamados principios constitucionales tributarios, que analizaré durante todo este trabajo.
Es importante tomar en cuenta que por principio se entiende en Derecho: “criterios fundamentales que informan el origen y desenvolvimiento de una determinada legislación que, expresados en reglas y aforismos, tienen virtualidad y eficacia propias con independencia de las normas formuladas en el plano positivo”.
La potestad tributaria, que se orienta por estos principios que han sido elaborados por la doctrina, recogidos por el constituyente y plasmados en la Constitución Política. Tienen un sentido tridimensional, pues orientan al legislador en la creación y tratamiento general de las normas tributarias; sirven a la autoridad administrativa tributaria en las decisiones que le corresponde adoptar en los diversos casos concretos, puesto que los actos y resoluciones en general no pueden ignorar los alcances de la potestad en referencia; y, finalmente, sirven de garantía constitucional a los contribuyentes porque el legislador no puede afectar con tributos a la población rebasando los alcances de los principios.
Por lo anteriormente expuesto, es importante primero analizar lo que es la potestad tributaria nacional, como española para luego entrar en materia de los principios constitucionales tributarios; en vista que esta ubica a los Principios Constitucionales Tributarios en las Constituciones de los diferentes países a tratar.
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