EL SISTEMA ECUATORIANO DE ENJUICIAR UNA VISIÓN FUTURA HACIA LA PARTICIPACIÓN POPULAR EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PENAL
THE ECUATORIAN SYSTEM OF PUNISHMENT A FUTURE VISION TOWARDS POPULAR PARTICIPATION IN THE ADMINISTRATION OF CRIMINAL JUSTICE
Autores: HÉCTOR VANEGAS Y CORTÁZAR
RESUMEN
La Participación Popular exige que el derecho deber del ciudadano en la Administración de Justicia tenga una alternativa en la que los tribunales integrados únicamente por jueces profesionales no sean los únicos que juzguen la conducta delictual, sobre todo en delitos que conmocionan a la sociedad, y se permita al procesado escoger un Sistema de Jurados en donde jueces ciudadanos seleccionados del padrón electoral y que cumplan con otros requisitos, conozcan y juzguen el hecho, dando una mayor imparcialidad, asegurando la celeridad y justicia, más aun ante los pertinentes señalamientos en donde se habla de que los jueces en la actualidad sufren presiones de todo nivel para dictar sus fallos. Volver a un sistema procesal que duro 88 años en nuestro país se vuelve urgente y necesario.
PALABRAS CLAVE: participación popular, administración de justicia, conducta delictual, sistema de jurados, imparcialidad, celeridad, justicia.
INTRODUCCIÓN
La intervención del Estado en la Administración de Justicia tiene la justificación en buena parte en el hecho de evitar que el hombre practique la justicia por sí mismo como en los tiempos de la barbarie. Es así como la función judicial está enmarcada dentro de las funciones básicas del Estado, debido a que existe la imperiosa necesidad desde un sector público que provea justicia y en consecuencia se convierta ese sector en el princi- pal sostenedor del Estado de Derecho, pues él la administra.
Ese sector público al que le viene asignada la delicada función de distribuir justicia, está representado por el Poder Judicial, -nada uniforme en los diferentes países-; pero en su aquiescencia forma parte del Poder Público del Estado. Esta potestad jurisdiccional no es propiedad del Estado, dicha potestad se la ha conferido el ciudadano, en este sentido, (Rondón De’Sansó, 2002), sostiene: “La potestad de administrar justicia ha sido vista como propia del Estado, olvidarse que el Estado no tiene otra existencia que no sea la que deriva de la voluntad de los ciudadanos”.
El origen y fundamento de la potestad jurisdiccional emana de los textos cons- titucionales. Ellos se erigen como sostén fundamental del reconocimiento de dicha potestad y cuyo reconocimiento enaltece eficazmente su propia existencia, dado el valor que le confiere por estar refrendado en dicha norma. Por lo tanto, que siendo con- secuente con el pensamiento de JUAN JACOBO ROUSSEAU1 el ciudadano se despoja de ese derecho natural que le asiste de solucionar sus conflictos y lo encomienda a través de la ficción de un contrato social a los órganos del Estado, allí se encuentra el origen del derecho a administrar justicia y por ende del derecho a castigar que proviene del hombre cuando sacrificó parte de su libertad en pro de un mayor bienestar.
Las leyes son las condiciones con que hombres independientes y aislados se unieron en sociedad, fatigados de vivir en un continuo estado de guerra y de gozar una libertad convertida en inútil por la incertidumbre de conservarla. Sacrificaron parte de ella para gozar la restante con seguridad y tranquilidad. La suma de todas estas porciones de liber- tad sacrificadas al bien de cada uno, constituye la soberanía de una nación y el soberano es el legítimo depositario y administrador de ellas. Quiere decir que si bien es cierto que el ciudadano invistió al Estado de dicha potestad y que este Estado se erige como demo- crático, de justicia y derechos, no obstante se plantee la pregunta, no lo es menos que, el Estado, erigido en órgano de poder, llame a sus protagonistas a la administración de justicia participativa.
El sistema de administración de justicia es quizás la pieza más importante del andamia- je institucional del Estado. Sin un Poder Judicial capaz de dispensar y administrar justicia de una forma adecuada y aceptable para los agentes económicos, sociales y políticos, es prác- ticamente imposible generar la confianza en que las reglas del juego en estos tres ámbitos de la vida nacional serán aplicadas en forma imparcial y de acuerdo a los méritos de cada caso. Esto socava los fundamentos de la convivencia entre personas, empresas y organizaciones de todo tipo, con lo que se vuelve muy difícil sumar esfuerzos y concertar voluntades para lograr los objetivos de desarrollo. El Poder Judicial o sistema de administración de justicia es parte muy importante de la institucionalidad política y jurídica del Estado, siendo su nivel de autonomía, eficiencia y prestigio social un importante -y objetivo- “termómetro” para medir el grado de desarrollo y solidez de las instituciones democráticas alcanzadas en una sociedad. De allí que no deba llamar a demasiada sorpresa que, el descrédito del sistema judicial –por el anacronismo de su accionar operativo, la poca confiabilidad de sus sentencias y su acusada falta de independencia– sea el correlato histórico que dibuja los procesos políticos caracterizados por el autoritarismo o la injerencia de los gobiernos de turno, así como por la incapacidad del órgano jurisdiccional para hacer prevalecer la supremacía constitucional, su autonomía funcional y la vigencia del Estado de Derecho. Particularmente, los mencionados hechos que han sucedido en muchos países del área y que agravan la imagen y lucidez del sistema de administración de justicia, viéndose en la necesidad de dar un vuelco rotundo en evitar de total descrédito.
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