PROTECCIÓN LEGAL DE LA NATURALEZA Y PUEBLOS INDÍGENAS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ECUATORIANO
AUTOR: MANUEL MONTERO LARA
RESUMEN
Ecuador es uno de los países más megadiversos del mundo, así como también uno de los principales exportadores de banano y petróleo. Es el hogar de al menos 14 pueblos indígenas reconocidos con sus territorios y derechos propios.
Actualmente existe un debate entre los mecanismos legales para mantener el equilibrio entre la cosmovisión occidental extractivista y la cosmovisión indígena de vivir en armonía con la naturaleza y las comunidades nativas.
El objetivo de este estudio es analizar las políticas públicas y protecciones legales implementadas por Ecuador a partir de la Constitución de la República (2008), donde se incluye a la naturaleza como sujeto de derechos y por tanto poder comparecer en juicio cuando se afecta su equilibrio. También se deriva de esta protección el derecho a la consulta previa para los pueblos indígenas, donde se describirán las características y requisitos de este derecho, así como casos prácticos donde se ha aplicado en Ecuador, incluyendo la fallida propuesta Yasuní ITT. Las conclusiones y recomendaciones sobre este estudio serán sobre si las iniciativas de protección a la naturaleza como parte de la búsqueda de justicia climática, han generado resultados positivos para lograr la armonía entre pueblos indígenas, naturaleza, gobierno, así como otros actores económicos y sociales.
PALABRAS CLAVE: Ecuador, extractivismo, pueblos indígenas, derechos de la naturaleza, consulta previa, Sumak Kawsay, Buen Vivir.
INTRODUCCIÓN
Ecuador es el tercer país más pequeño de América del Sur (283 560 km2) que se encuentra en la parte noroeste de América del Sur, incluyendo las Islas Galápagos. El territorio está dividido en cuatro regiones naturales: Costa, Sierra, Oriente e Insular. La parte oriental es la sección de nacimiento de la cabecera de la cuenca del río Amazonas, que incluye también a Colombia, Perú y Brasil. Ecuador es el hogar de al menos 14 nacionalidades indígenas que viven principalmente en la región amazónica y, en segundo lugar, en las montañas de los Andes.
Si se cuenta por tamaño, Ecuador es el país con mayor biodiversidad del mundo.1 Dentro del pequeño territorio hay un 8% de todas las especies de anfibios, 16% de todas las especies de aves y también un número especial de especies endémicas, principalmente en la selva amazónica y en las Islas Galápagos.
El Código Ambiental Orgánico (C.O.A.) es actualmente la ley más importante sobre temas ambientales, porque en el pasado las regulaciones ambientales se encontraban dispersas en diversas leyes, sin llegar a estar unificadas. El objetivo de la compilación legal fue regular los temas necesarios para una adecuada gestión ambiental. Aunque el C.O.A. fue aprobado en abril de 2017, entró en vigencia solo un año después (abril de 2018). Los principales temas que regula esta ley son el cambio climático, las áreas protegidas, la vida silvestre, el patrimonio forestal, la calidad ambiental, la gestión de desechos, la bioseguridad, el biocomercio, zona de la costa marina, los recursos genéticos, entre otros.
Con estos antecedentes, siempre ha existido un conflicto entre las poblaciones indígenas nativas y las autoridades estatales, así como con los colonizadores y las empresas privadas; respecto al límite de sus actividades, y que no causan daño a la naturaleza. La protección legal para los pueblos indígenas proviene de los últimos años del siglo XX y la inclusión de los derechos de la naturaleza a nivel constitucional solo surgió en 2008.
Antes de esta inclusión, hubo algunos casos de conflictos que llegaron a instancias judiciales, a nivel nacional e internacional. Mencionando entre los casos más importantes la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor del pueblo Kichwa Sarayacu (2003); y el juicio presentado por los pueblos indígenas de Sucumbíos contra la compañía petrolera “Chevron” en 2003, y cuyas instancias finales aún se encuentran en curso.
DESARROLLO DE CONCEPTOS
Los derechos de la naturaleza son un concepto innovador en el derecho positivo, más a nivel de América Latina; donde a pesar de albergar grandes reservas de biodiversidad, históricamente sus poblaciones nativas han sido víctimas de los abusos de empresas multinacionales, así como del Estado, quienes extraen recursos naturales sin medir el impacto ambiental, principalmente en petróleo y minería. Los gobiernos locales también han sido negligentes en la inversión a favor de las políticas ambientales y han sido responsables o cómplices del daño ambiental contra las comunidades, siendo a través de largas acciones civiles, la única forma de reparar el daño causado.
Por lo tanto, el objetivo de este trabajo es describir y analizar la inclusión de los elementos que conforman el derecho a la naturaleza en la Constitución del Ecuador desde 2008, como parte de la corriente neo-constitucionalista, es decir, el respeto y garantía de derechos más allá de la norma escrita, dando prioridad a los principios y valores incluidos en la constitución.
Dado que la naturaleza es una ficción legal, sin la capacidad de representarse por sí misma dentro de un juicio, es importante determinar si su representación puede ser extensiva para las comunidades afectadas, o restrictiva sólo para las autoridades estatales u organizaciones sociales debidamente reconocidas y registradas.
La consulta previa, libre e informada como un derecho fundamental de los pueblos indígenas en Ecuador es un tema que en los últimos años ha tenido un mayor debate, sin escapar de la controversia, debido a la actividad extractiva de los recursos naturales dentro de los territorios que pertenecen de forma ancestral a las comunidades indígenas.
Se busca con este tema analizar y concluir cuán factible es su aplicación y las condiciones legales y fácticas actuales, así como recomendaciones para mejorar su aplicación por parte de todos los actores involucrados (representantes de comunidades y pueblos indígenas, agentes estatales, defensores de la naturaleza y derechos humanos, operadores de justicia, abogados, empresas constructoras y extractores de recursos naturales, etc.)
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